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Índice del Artículo
Trámites Específicos
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La Oficina de Respuesta Unificada (ORU)

La Junta de Andalucía, con el fin de agilizar al máximo los trámites administrativos que afectan a las PYMES, ha creado la Oficina de Respuesta Unificada. Una ventanilla única que nace como consecuencia del Pacto por el Empleo y el Desarrollo Económico de Andalucía, y que facilitará las relaciones administrativas de las empresas con la Junta. El fin de la ORU es encauzar e impulsar las iniciativas económicas, proyectos empresariales e ideas generadoras de empleo. Para ello, interviene siempre que se trate de crear una nueva empresa, o bien modificar o ampliar una ya existente.

LAS ACTIVIDADES QUE SE BENEFICIARÁN DE LA GESTIÓN DE LA O.R.U SON, ENTRE OTRAS: 

Empresas: publicitarias, de juego, de artesanía, de cultivos marinos, zoológicas, gasolineras, agrarias, alimentarias, industrias.Nuevas explotaciones: avícolas, apícolas, porcinas, viveros, canteras, minas, aguas minerales.Servicios: plaguicidas, laboratorios agrarios, laboratorios de salud pública, gestores de residuos tóxicos, guías turísticos.Centros: enseñanza, sanitarios, zoosanitarios, educación infantil, música y danza, tercera edad.Instalaciones industriales: suministro de agua, eléctricas de alta y baja tensión, combustibles gaseosos, productos petrolíferos líquidos, frigoríficas, aparatos elevadores, calefacción, climatización, agua caliente, aparatos a presión, suministros químicos, etc... 

SERVICIOS QUE PRESTA LA O.R.U.: 

  • Información, asesoramiento y seguimiento de todo el proceso administrativo
  • Realización de todos los trámites necesarios con la Junta de Andalucía
  • Orientación en los trámites que la empresa deba realizar con otras administraciones

La página de O.R.U. se encuentra en Internet en: www.junta-andalucia.es/cgob/oru

Para cualquier consulta puede dirigirse a:

Oficina de Respuesta Unificada C/ Bodegueros, nº 2129006 — MálagaTel.: 951 29 81 92 

  • TRÁMITES PARA CIERTAS ACTIVIDADES
    DOCUMENTO DE CALIFICACION EMPRESARIAL
    TRAMITACION:CONSEJERÍA INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA
    DELEGACION PROVINCIAL DE MÁLAGA
    ÁREA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
    Avda. de la Aurora, 47 Edificios Múltiples - 29002 — Málaga
    Tel.: 952 13 48 10 - Fax: 952 32 67 04 
  • RESOLUCION: DELEGADO PROVINCIAL
    OBJETO: Expedición del documento de calificación empresarial para el ejercicio de determinadas actividades industriales, siendo necesario el mismo para el ejercicio de dicha actividad, tanto en relación con los particulares como con las Entidades Públicas de cualquier clase. 
  • NORMAS REGULADORAS:
    · Decreto 3008/78, de 27 de octubre. (Ministerio de Industria y Energía). Industrias en general. Regula el documento de calificación empresarial. (B.O.E. de 23.12.78).
    · Orden de 12 de noviembre de 1979. Ministerio de Industria y Energía -madera y corcho-. Implantación del documento de calificación empresarial. (B.O.E. de 14.12.79).
  • FORMULARIO NORMALIZADO:
    Nº de registro: 000444. Solicitud documento de calificación empresarial: Instalaciones y reparaciones eléctricas, fontanería, construcción, madera y corcho, ingeniería y consultoras. (O.R.U.)

Para mayor información consultar la dirección Web www.cedt.junta-andalucia.es 

BARES, CAFETERÍAS, RESTAURANTES Y HOTELES

INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES TURISTICAS (REAT) 

  • TRAMITACION:CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTE
    DELEGACION PROVINCIAL DE MÁLAGA
    ÁREA DE TURISMO
    Avda. de la Aurora, 47 Edificio de Servicios Múltiples - 29002 — Málaga
    Tel.: 951 03 82 00 - Fax: 951 03 82 14
  • RESOLUCION: DELEGADO PROVINCIAL
    OBJETO:Inscripción en el Registro de Establecimientos y Actividades Turísticas de carácter público. Los actos relativos a los establecimientos y actividades turísticas dan lugar a tres tipos de asientos en el Registro de Establecimientos y Actividades Turísticas: inscripciones, anotaciones y cancelaciones. Serán objeto de inscripción:
    -- Los proyectos de establecimientos o actividades.
    -- La iniciación del funcionamiento de un establecimiento.
    -- Las reclasificaciones.· Las ampliaciones, reducciones y reformas. 
  • NORMA REGULADORA:
    Decreto 15/90, de 30 de enero, por el que se crea y regula la organización y funcionamiento del Registro de Establecimientos y Actividades Turísticas y se simplifica la tramitación de los expedientes administrativos. (Desarrollo). (B.O.J.A. de 02.03.90). 
  • FORMULARIO NORMALIZADO:
    Nº de registro: 000017/1. Registro de establecimientos y actividades turísticas. Para mayor información consultar la dirección Web www.ctd.junta-andalucia.es 

AGENCIAS DE VIAJE

TITULO-LICENCIA E INSCRIPCIONES DE AGENCIAS DE VIAJES

  • TRAMITACION: CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTE
    DELEGACION PROVINCIAL DE MÁLAGA O DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION TURISTICA (Según los casos)
    DELEGACION PROVINCIAL DE MÁLAGA
    ÁREA DE TURISMO
    Avda. de la Aurora, 47 Edificio de Servicios Múltiples - 29002 — Málaga
    Tel.: 951 03 82 00 - Fax: 951 03 82 14 
  • DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION TURISTICA
    C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n Edificio Torretriana - 41071 — Sevilla
    Tel.: 955 06 51 00 - Fax: 955 06 51 74 
  • RESOLUCION:DELEGACION PROVINCIAL O CONSEJERIA (Según los casos)
    OBJETO: Concesión del título-licencia de Agencia de Viajes a las sociedades anónimas o limitadas que se dediquen exclusivamente a la mediación y/o organización de servicios turísticos. Una vez dispongan del título-licencia, es necesario tener concedida la correspondiente autorización de apertura de los establecimientos de Agencias de Viajes de Andalucía. Las empresas que quieran realizar modificaciones en los títulos-licencias o en los establecimientos, deberán disponer de la correspondiente autorización.
  • NORMAS REGULADORAS:
    · Real Decreto 271/88, de 25 de marzo, de regulación de las actividades de las Agencias de Viajes. (B.O.E. de 29.03.88) · Orden de 14 de abril de 1.988, en el que dan las Normas Reguladoras de las Agencias de Viajes. (B.O.E. de 22.04.88). · Rectificaciones. (B.O.E. de 20.05.88) · Orden de 11 de abril de 1.990, relativa al cumplimiento de lo dispuesto en la disposición Transitoria Primera de la de 14 de abril de 1.988. (B.O.J.A. de 20.04.90). Para mayor información consultar la dirección Web www.ctd.junta-andalucia.es 

 
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