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CONCEPTO

El factoring es una operación financiera que consiste en la prestación a un cliente de un conjunto de servicios administrativo financieros por parte de la compañía de factoring (factor), respecto a los créditos comerciales a corto plazo originados por la venta de mercancías o prestación de servicios, y que cede la empresa vendedora titular de los mismos.

En toda relación comercial intervienen dos sujetos, comprador y vendedor. El factoring se introduce en esta relación y adopta una posición intermedia entre los sujetos. Su objeto es aportar una serie de servicios que faciliten a la empresa vendedora, cliente del factor, la gestión de sus ventas, realizando una tarea de evaluación de riesgos, una labor de gestión de cobros, tareas administrativas y una función de financiación mediante apertura de crédito al cedente.

Para poder realizar esta labor, tiene que existir una cesión de créditos. Esos créditos corresponden a una cuenta que todas la empresas denominan «clientes» y que recoge todos los derechos a favor de la empresa consecuencia de su tráfico comercial. Para realizar una operación de factoring es necesario que se produzca una cesión de créditos comerciales.

El artículo 347 del Código de Comercio señala que:

Los créditos mercantiles no endosables ni al portador se podrán transferir por el acreedor sin necesidad de consentimiento del deudor, bastando poner en su conocimiento la transferencia. El deudor quedará obligado para con el nuevo acreedor en virtud de la notificación y desde que tenga lugar no se reputará pago legítimo sino el que se hiciere a éste."

En este artículo podemos ver que se dan las circunstancias para que se pueda realizar el factoring, por varios motivos:

  • Al ser transferible el crédito, convierte al cesionario en el único y legítimo acreedor, que actúa en su propia cuenta.
  • No es necesaria la autorización del deudor, lo que elimina el posible problema de que no quiera dar la autorización para retrasar los pagos. La notificación se realiza por carta y en la propia factura, con una leyenda o texto (cláusula de cesión) que explica la cesión en el marco de un contrato de factoring.
  • Una vez notificado, el único pago legítimo será el realizado al nuevo acreedor.

Respecto a estos derechos, existe una incertidumbre en cuanto a su pago. En determinados momentos, el impago de los clientes, si no se tiene una adecuada previsión, puede hacer que la empresa pase por tensiones de tesorería con la dotación de personal que realice las gestiones de cobro con las correspondientes demoras.

Para evitar estas circunstancias debería traspasarse la cuenta «clientes», es decir, todos los derechos de cobro sobre los clientes, a una empresa que tenga como actividad la gestión sobre esos derechos. A la empresa dedicada a esta actividad la denominamos factor, y a las operaciones que realiza, factoring. Si lo hacemos así, mantendremos una excelente tesorería, al permitirnos el factoring el cobro al contado de nuestras facturas.

Claro está que el factor cobrará unas comisiones y un tipo de interés superiores a los de descuento, pero puede considerarse como una prima de seguro por asumir el factor el riesgo de insolvencia que se pueda producir por parte del comprador. En el caso del descuento somos nosotros los que respondemos del impago de nuestro cliente.

Hay que tener en cuenta que, con la cesión de nuestra cuenta «clientes», la empresa queda en manos del factor, quien indicará los clientes con los que la empresa puede tratar, aquellos que tengan buena solvencia.

En resumen, el factoring releva al empresario de las tareas de estudio de sus clientes, de la dotación de personal para que realice las gestiones de cobro de impagados y le garantiza el cobro de sus clientes, pero todos estos servicios tienen un coste superior, que deberemos tener en cuenta y ver si nuestro margen nos permite realizar este tipo de operación o no.

ACTUACIONES DEL FACTOR

  • Analizar el grado de solvencia de los compradores, clasificarlos en función de ésta y asignar una línea de riesgo a cada uno de ellos. La empresa factor posee fuentes de información que le permiten tener un conocimiento más amplio y actualizado de los compradores; puede obtener datos de patrimonio y de variaciones del mismo con el fin de ajustar las decisiones y cuantificar los niveles de riesgo asumibles. Como consecuencia de esta gestión, mejoran las carteras, con la eliminación de morosos y malos pagadores.
  • Llevar a cabo la gestión de cobro de las facturas del cliente, respetando el instrumento de soporte acordado con el comprador (recibos, letras, pagarés, etc.)
  • Administración de las cuentas a cobrar, con un completo control de las facturas cedidas por el clientes y de las ventas pendientes de cobro en cada momento,  informando al cliente periódicamente de las incidencias del cobro de cada factura y el estado de la cuenta de cada uno de los compradores, así como enviar con igual periodicidad a cada comprador un extracto de su cuenta.
  • Asegurar los créditos.
  • Financiación. Previa petición del cliente, el factor anticipa el importe correspondiente al crédito cedido antes de cobrarlo al comprador. Su flexibilidad permite al cliente disponer anticipadamente de los importes de las facturas cedidas en el momento y la cuantía que su tesorería lo requiera. El límite máximo de concesión varía entre un 80 y un 90 por ciento del importe de cada factura.

CLASES DE FACTORING

Existen diversas clasificaciones en función de la territorialidad, la notificación al deudor, etc. Pero principalmente los vamos ha considerar en función del riesgo:

  • Con recurso: si es el cliente el que soporta el riesgo por insolvencia de sus compradores.
  • Sin recurso: cuando la compañía de factoring asume el riesgo de insolvencia de los compradores.

El factor no extiende la cobertura de riesgo de impago a cualquier situación, sino sólo a las de insolvencia temporal o definitiva del deudor, y no asume en ningún caso los impagos que tengan su origen en incidencias en la confección de facturas o vicios en las mercancías. El factoring con recurso será más barato por prescindir de los gastos de cobertura de riesgo. 

COSTE DEL FACTORING

1.       Tarifa de facturage

Es un porcentaje fijado sobre el importe total de las facturas cedidas, pagándose en el momento de la cesión de los documentos de crédito (facturas) y remunera todos los servicios excepto el de anticipo de fondos. Este tipo de tarifa se establece en función de:

  • El carácter del contrato.
  • El número e importe de los documentos.
  • La distribución del importe de las facturas.
  • El número de compradores y su distribución geográfica.
  • El plazo medio de cobro.
  • El sector de actividad.

2.       Tipo de interés por anticipos.

Pueden ser los aplicados por las entidades en sus tipos de descuento, o variables, con referencia al Mibor, al Euribor o al Libor, con diferenciales que varían entre el 0,5 y el 3 por ciento. La liquidación puede ser al tirón, en el momento del pago, mensual o por trimestres vencidos.

3.       Por estudio de la clasificación

Se establece un importe determinado, que varía entre los 48,08 € y los 60,10 € y que cubre los gastos de la entidad por obtener la información necesaria para la clasificación de los clientes.

4.       Mínimos

Son de aplicación por factura; varían de 9,01 € a 18,03 €.

EL CONTRATO DEL FACTORING

Se sustenta en tres principios:

  • Globalidad. La globalidad implica que tiene que cederse al factor la totalidad de la facturación del cliente. De otra manera, solamente se le cederían los créditos que supusieran riesgo para la empresa, lo que reduciría el coste. No obstante, se aceptan cesiones de parte de la facturación, previo pacto con la entidad.
  • Exclusividad. Compromiso por parte del vendedor de operar con una sola compañía factor.
  • Buena fe. El vendedor garantiza la vigencia, legitimidad y validez de los créditos cedidos.

VENTAJAS DEL FACTORING

1.       Económicas

  • Aumenta la eficacia de los cobros.
  • Aumenta el flujo de tesorería, adaptándolo en cada momento.
  • Reduce los costes de material de oficina y comunicaciones.
  • Elimina los gastos financieros por el retraso de los cobros.
  • Elimina gastos en solicitud de informes comerciales.
  • Elimina gastos de procedimientos contenciosos, tasas, honorarios de procuradores, abogados, etcétera.

2.       De gestión

  • Aumenta la consolidación de la clientela, mejorando la selección.
  • El tiempo del personal puede dedicarse a tareas más efectivas.

·         Elimina el riesgo de fallidos.

 

 
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