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Índice del Artículo
Servicio Andaluz de Empleo
Página 2
El Servicio Andaluz de Empleo (SAE) ofrece a los ciudadanos, a través de sus Servicios Públicos de Empleo (SPEs), la posibilidad de beneficiarse de los planes sobre desarrollo y mejora del Empleo.

CONTRATAR TRABAJADORES A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO.

1.       Presentación de solicitud de trabajadores

Puede dirigirse a cualquier Oficina de Empleo, preferentemente la que corresponda al domicilio de la Empresa o centro de trabajo principal. En la Oficina de Empleo le informarán y le facilitarán el documento de solicitud de trabajadores, que deberá rellenar indicando:

  • Características del puesto.
  • Condiciones de los candidatos.
  • Tipo de contratación.
  • Forma, lugar y fecha de selección de los trabajadores.

La solicitud se efectuará personalmente en la Oficina de Empleo o telefónicamente. En este último caso, se deberá ratificar por escrito posteriormente.

2.       Tramitación de las ofertas de empleo

Una vez presentada una oferta, la Oficina de Empleo, mediante consulta a su banco de datos, le envía al empresario una preselección de candidatos aptos, a priori, para que sean entrevistados por el mismo. No obstante, la Oficina de Empleo también puede efectuar la selección de candidatos mediante pruebas profesionales y/o psicotécnicas.

3.       Proporcionarle información sobre:

  • Modalidades y formas de contratación.
  • Medidas de Fomento de Empleo y su tramitación.
  • Trabajadores procedentes de países de la Unión Europea, que desean encontrar trabajo en España.

4.       Registro de los contratos de trabajo efectuados por la Empresa.

OBSERVACIONES A SEGUIR POR EL EMPRESARIO

  • Presentar las ofertas de trabajo en la Oficina de Empleo:

Los empresarios están obligados a solicitar de la Oficina de Empleo los  trabajadores que necesite contratar, únicamente cuando se quieran acoger a medidas de fomento de empleo.

Los trabajadores contratados al amparo de alguna de éstas medidas, deberán llevar inscritos en la Oficina de Empleo el tiempo que determine cada modalidad de contrato.

  • Registrar los contratos de trabajo en la Oficina de Empleo:

Los empresarios están obligados a registrar en la Oficina de Empleo, en el plazo de los diez días siguientes a la contratación, los contratos celebrados por escrito, o a comunicar, en igual plazo, las contrataciones efectuadas en los casos en los que no existe obligación legal de formalizarlos por escrito.

CONTRATAR TRABAJADORES A TRAVÉS DE UNA AGENCIA DE COLOCACIÓN.

Las Agencias de colocación son Entidades que colaboran con los Servicios Públicos de Empleo (SPEs) en la intermediación en el mercado de trabajo, con el fin de ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo y a los empleadores a la contratación de los trabajadores apropiados para satisfacer sus necesidades.

Las Agencias pueden recibir remuneración del empresario y/o del trabajador por los servicios prestados, considerándose como tales la oferta o presentación a los empleadores de los trabajadores solicitados por los mismos, siempre que dichos trabajadores se adecuen al perfil profesional de los puestos de trabajo a cubrir en las empresas.

La Agencia está obligada a remitir a la Oficina de Empleo datos sobre:

  • Trabajadores enviados a ofertas.
  • Trabajadores que hayan declinado presentarse.
  • Trabajadores que hayan rechazado un puesto de trabajo con exposición de los motivos del rechazo.
  • Trabajadores que hayan sido rechazados por la Empresa, con causa del rechazo.
  • Trabajadores contratados.

CONTRATAR TRABAJADORES EN EUROPA A TRAVÉS DE LA RED EURES (SERVICIOS EUROPEOS DE EMPLEO).

La libre circulación de trabajadores por el territorio del Espacio Económico Europeo (EEE) es uno de los principios fundamentales de la Unión Europea. 

Los Servicios Públicos de Empleo del EEE han establecido una red de cooperación para facilitar la libre circulación de trabajadores. Con este motivo se ha creado la Red de Servicios Europeos de Empleo (EURES), atendida por Euroconsejeros y Corresponsales. La población total del EEE es de más de 376 millones de habitantes, repartidos en 18 países. 15 pertenecen a la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suecia). Con Islandia, Noruega y Liechtenstein se completa el EEE que constituye una de las principales potencias comerciales del mundo. EURES, tiene como uno de sus objetivos ofrecer a las empresas un servicio de información sobre puestos de trabajo a nivel internacional. Es una red europea de servicios para la búsqueda de empleo que facilita la movilidad y colocación de los trabajadores, pudiendo acceder a las ofertas de empleo que se presenten en cualquiera de los países que la componen. 

Desempeña un importante papel en la identificación de excedentes y déficits de mano de obra, ayudando a resolver "cuellos de botella" específicos. Ha tenido particularmente éxito en los sectores de Turismo y Salud y ha ayudado así mismo a importantes empresas del sector Informático en el reclutamiento de sus trabajadores y a pequeñas y medianas empresas a encontrar profesionales especializados. Europa es un nuevo mercado con eventuales dificultades de mano de obra. 

La Red cuenta con dos bases de datos, y con una plantilla de Euroconsejeros que dinamizan y hacen posibles los objetivos de este proyecto. Ellos constituyen el vínculo entre el empresario y los trabajadores potenciales. Además, el sistema informático ha sido diseñado para atender todas sus preguntas, difundir sus ofertas y seleccionar las mejores candidaturas.

La Red EURES le facilita:

  • La difusión de sus ofertas de empleo fuera del ámbito estatal y en cualquiera de los países del Espacio Económico Europeo (EEE) a través de la red Informática trabajando en tiempo real.
  • Los candidatos idóneos para sus vacantes en el ámbito europeo de búsqueda que Ud. concierte y con la cualificación y habilidades específicas que precise (idiomas, especialización, etc.).

La Red EURES le posibilita:

  • La contratación de trabajadores en cualquier Estado miembro, elevando así el nivel de su personal, mejorando sus productos y ampliando sus actividades.
  • La actualización de sus recursos con especialistas que no ha podido encontrar en el país.
  • Una decisión fundamentada sobre el reclutamiento de trabajadores en Europa.
  • El acceso al mercado europeo con la ventaja competitiva de disponer de personal multicultural y multilingue.

Información práctica sobre:

  • El mercado de trabajo europeo. Disponibilidad de trabajadores con formación y experiencia en las ocupaciones que precisa.
  • Las cualificaciones en cada país. Correspondencias formativas y adecuación de las titulaciones a los requerimientos de sus ofertas.
  • Las condiciones legales para la movilidad. Trámites de seguridad social, fórmulas de contratación laboral y condiciones para desplazamientos temporales de sus trabajadores a otro país.



 
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